La Municipalidad Provincial de Oyón, a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y la Sub Gerencia de Comercialización comunica con respecto a la comercialización de productos pirotécnicos:
1.- Toda persona natural o jurídica quien solicita Autorización para la venta de PRODUCTOS PIROTECNICOS, deben ser autorizados y acreditados por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de uso Civil (SUCAMEC), según LEY N°30299, Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil, Art. 54.
2.- La Municipalidad Provincial de Oyón, comunica a la opinión pública que hasta la fecha NO se ha emitido ningún documento que AUTORICE la VENTA DE PRODUCTOS PIROTECNICOS, para la comercialización de dichos productos los interesados deberán de acogerse a las normas legales señaladas líneas arriba.
3.- En caso de incumplimiento se procederá a la aplicación de todo el Procedimiento Sancionador por parte del área municipal con apoyo del Fiscal Provincial de Oyón, Subprefectura de Oyón y Policía Nacional del Perú, con el objetivo de cautelar los derechos y la integridad física de las personas en estas fiestas que se llevan a cabo durante el mes de diciembre y el próximo mes de enero.
Así mismo debemos señalar que la Municipalidad Provincial de Oyón se exime de toda responsabilidad de los incidentes que se pueden registrar por los administrados con la comercialicen en forma clandestina de los productos señalados.
Oyón, 06 diciembre del 2024

